En una sesión que marca un precedente jurídico para todo México, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 82/2025 y sus acumuladas, determinando qué partes de la reciente reforma electoral de Coahuila violan la Constitución Federal y cuáles, a pesar de la polémica, se mantienen vigentes para los comicios de 2026.
La sentencia, que enfrentó las visiones de los 11 ministros, no solo corrigió el «agandalle» legislativo en materia de coaliciones, sino que validó una de las propuestas más controversiales de los últimos años: la inclusión de fotografías de candidatos en las boletas electorales.
1. El freno al «Federalismo Electoral»: El revés por las Coaliciones
El punto donde la Corte fue tajante fue en el intento del Congreso de Coahuila de legislar sobre las coaliciones. Los ministros determinaron que el estado invadió facultades que son exclusivas del Congreso de la Unión.
- El Fallo: Se declararon inconstitucionales las normas locales que pretendían fijar plazos y requisitos propios para el registro de coaliciones.
- La Razón: La Constitución Federal exige un Sistema Uniforme de Coaliciones. Esto significa que las reglas para que los partidos se unan deben ser las mismas en todo el país (Ley General de Partidos Políticos), evitando que cada estado cree un «traje a la medida» que confunda al electorado o beneficie a fuerzas locales.
2. La gran polémica: Rostros en la boleta electoral
El tema que dividió al Pleno fue la reforma al Artículo 203, que ordena incluir la fotografía de los candidatos a la Gubernatura y Presidencias Municipales en las boletas.
El argumento de la mayoría (Validez)
La mayoría de los ministros consideró que esta medida no es inconstitucional. Argumentaron que los estados gozan de «libertad de configuración» para diseñar sus materiales electorales y que la foto sirve como una herramienta de identificación, permitiendo que el ciudadano vote con mayor certeza, especialmente en zonas con altos índices de homonimia o confusión de nombres.
El contundente Voto Particular (Ministra Herrerías)
En un fuerte disenso, la Ministra Sara Irene Herrerías advirtió que la foto es, en realidad, propaganda electoral encubierta.
- Equidad en riesgo: Señaló que mientras los candidatos independientes llevarán su foto, los de coaliciones podrían verse restringidos por leyes federales que solo permiten logotipos, creando una competencia desigual.
- Veda electoral: Afirmó que ver el rostro del candidato en el momento exacto de la votación influye en el ánimo del elector, rompiendo el silencio que debe imperar el día de la jornada.
3. Blindaje contra la «Dictadura de las Mayorías»
Un aspecto vital para la salud democrática de Coahuila fue la ratificación de las fórmulas matemáticas para repartir las diputaciones plurinominales.
La Corte ordenó que el cálculo de la sobrerrepresentación (el límite del 8%) se haga obligatoriamente sobre la «Votación Depurada». Esto significa que, antes de repartir curules, se deben restar los votos nulos y los de partidos que no alcanzaron el 3%. Esto evita que los partidos mayoritarios «inflen» su presencia en el Congreso estatal por encima de lo que realmente obtuvieron en las urnas.
4. ¿Se hizo la ley «en lo oscurito»?
Los partidos impugnantes (PT, Morena y MC) acusaron vicios en el procedimiento legislativo, alegando que los diputados locales aprobaron las reformas «al vapor». Sin embargo, tras analizar el Diario de Debates, la SCJN determinó que el proceso fue legal. Se comprobó que hubo publicidad de los dictámenes y que, aunque fue una discusión acelerada, existió el tiempo mínimo para que las fuerzas políticas fijaran su postura.
Análisis: ¿Qué significa esto para el futuro?
Este fallo no solo afecta a Coahuila. Al validar las fotografías en las boletas, la SCJN abre la puerta para que otros estados (incluyendo Quintana Roo) exploren este modelo. Sin embargo, también deja una advertencia clara: los congresos locales no pueden tocar el sistema de coaliciones, que permanece como un bloque centralizado para garantizar orden en la competencia nacional.
Para el ciudadano común, la boleta de 2026 en Coahuila será la más visual de la historia, pero para los partidos políticos, será una contienda bajo la lupa de una Corte que ha decidido no ceder ni un milímetro en el control de las matemáticas del poder.
Dato Clave: Esta sentencia (Acción 82/2025) fue certificada el 3 de marzo de 2026 por el Secretario General de Acuerdos de la SCJN, Daniel Álvarez Toledo, para su publicación inmediata en el Diario Oficial de la Federación.
Por. A.G. Información- DOF-

