La reciente reforma federal cierra «huecos legales» que permitían la impunidad en actos degradantes donde no existía contacto físico. Forzar a una persona a exhibir su cuerpo ahora conlleva penas de hasta siete años de prisión.
El Código Penal Federal de México ha sido actualizado para enfrentar las realidades del abuso sexual contemporáneo. La reforma integra ahora las «representaciones sexuales explícitas» y la obligación de la víctima a «exhibir su cuerpo» como modalidades del delito de abuso sexual, incluso si no existe un tocamiento directo por parte del sujeto activo.
¿Qué cambió? Mucha gente pensaba que si un agresor no ponía una mano encima a la víctima, no era abuso sexual «real». La ley en México acaba de tapar ese hueco para proteger la dignidad de las personas.
Lo que el pueblo debe saber:
- Obligar a desnudarse es abuso: Si alguien te obliga a exhibir tu cuerpo o tus partes íntimas contra tu voluntad, aunque no te toque, está cometiendo abuso sexual.
- Mirar a la fuerza: Si un agresor te obliga a ver actos sexuales o representaciones explícitas (fotos, videos o actos en vivo), ahora la ley lo castiga con la misma severidad.
- Actos degradantes: Acciones como los roces corporales o caricias no deseadas en el transporte público o la calle están plenamente identificadas como abuso.
Anteriormente, muchos agresores lograban evadir sentencias severas al argumentar que «no hubo contacto físico», dejando en la indefensión a víctimas forzadas a realizar actos de exhibicionismo o a participar en representaciones degradantes contra su voluntad. Con la entrada en vigor de este decreto, el Estado Mexicano reconoce que la dignidad y la integridad sexual se vulneran mediante cualquier acto de naturaleza sexual no consentido, protegiendo así a las víctimas de abusos psicológicos y morales que anteriormente quedaban en una zona gris de la ley.
Por. A.G. Información DOF.

