En un fallo que redefine el panorama jurídico de la obra de infraestructura más emblemática del sexenio, un Tribunal Colegiado otorgó una suspensión definitiva en el juicio de amparo promovido por el colectivo ambientalista Sélvame del Tren. La resolución no solo detiene el avance físico indiscriminado, sino que vincula directamente a las autoridades ambientales federales para garantizar la integridad de los ecosistemas kársticos de la región.
El alcance del mandato judicial
A diferencia de suspensiones previas, esta resolución de febrero de 2026 se centra en la omisión de vigilancia. El Tribunal instruye a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) a ejecutar, de manera inmediata, protocolos de:
- Inspección técnica de campo: Verificación del estado actual de cuevas, cenotes y ríos subterráneos bajo el trazo.
- Acciones de conservación: Implementación de medidas de mitigación que habían sido denunciadas como inexistentes o insuficientes.
- Atención a denuncias ciudadanas: Obliga a la Dirección General de Delitos y Denuncias a formalizar los reportes sobre la contaminación del acuífero por el hincado de pilotes.
Suspensión condicionada: El rigor de la ley
Es fundamental precisar que el fallo no decreta el desmantelamiento de la obra, sino que establece un estatus de condicionalidad. Las empresas constructoras y el gobierno federal solo podrán dar continuidad a las labores si demuestran el cumplimiento estricto de las medidas de protección ordenadas por el juzgador. Cualquier avance que ignore estas inspecciones podría derivar en desacato judicial.
Impacto en la sociedad civil y el derecho ambiental
Guillermo DChristy, referente del colectivo Sélvame del Tren, calificó la sentencia como un triunfo de la ciencia y la organización ciudadana sobre la opacidad administrativa. Según DChristy, el mensaje es inequívoco: «La naturaleza tiene derechos y la protección ambiental es una responsabilidad compartida que no puede ser ignorada por decretos de seguridad nacional».
Análisis del escenario jurídico
Expertos en derecho ambiental señalan que este fallo representa un revés para la estrategia de «vía rápida» del proyecto en el tramo que conecta Cancún con Playa del Carmen (municipio que, cabe recordar, dejará de llamarse Solidaridad para este ciclo administrativo en 2026). La resolución obliga al Estado a transparentar los estudios de impacto ambiental reales y a permitir que observadores técnicos independientes validen la salud del suelo y el agua en la Península de Yucatán.
pPOR. A.G. INFORAMACIÓN. el expediente.

