Imagen de Ayuntamiento de Susupuato 2024-2027 19 de noviembre de 2025 ·

Frenan abuso en Michoacán: SCJN tumba cobros excesivos que castigaban la transparencia

En un fallo que pone freno a una práctica recaudatoria recurrente, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales diversos artículos de las Leyes de Ingresos de varios municipios de Michoacán para el ejercicio fiscal 2025. La sentencia, publicada este 4 de febrero de 2026 en el Diario Oficial de la Federación, desmantela un sistema de cobros que, según los ministros, vulneraba el derecho humano al acceso a la información y el principio de gratuidad

El origen del conflicto: Un abuso con fecha de inicio

Todo comenzó en diciembre de 2024, cuando el Congreso de Michoacán aprobó las leyes de ingresos para el año 2025. Al entrar en vigor el 1 de enero de 2025, municipios como Jacona, Huetamo y Huaniqueo comenzaron a aplicar tarifas que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) calificó de «barreras económicas» para los ciudadanos.Bajo el pretexto de «derechos por servicios», los municipios implementaron medidas que golpeaban directamente la economía familiar y el derecho a saber:

  • Información «a precio de oro»: Los ayuntamientos pretendían cobrar por la simple búsqueda de documentos y por la entrega de información en discos o memorias USB. Esto significaba que, si un ciudadano quería saber en qué se gastaban sus impuestos, primero tenía que pagar una «cuota» solo para que el funcionario buscara el papel.
  • Castigo a los estudiantes: En el municipio de Jacona, se detectó una práctica indignante: se les cobraba más a los estudiantes por ciertos trámites que al resto de la población. Lo que debía ser un apoyo para la formación de los jóvenes se convirtió en una traba económica discriminatoria.
  • Copias certificadas de lujo: El costo por hoja certificada excedía por mucho el valor real del papel y el tóner, convirtiendo un trámite administrativo en un negocio recaudatorio para las alcaldías.

La respuesta de la Corte

La Ministra Yasmín Esquivel y el pleno de la Corte fueron claros: la información pública debe ser gratuita. Los ministros señalaron que ningún municipio puede lucrar con los datos que le pertenecen al pueblo.

El Ministro Arístides Rodrigo Guerrero García subrayó en su voto que, en plena era digital, es inaceptable que se pretenda cobrar por enviar un archivo PDF o por grabar un disco, cuando el costo para el gobierno es prácticamente cero.

¿Qué sigue ahora?

A partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación este 4 de febrero, estos municipios tienen prohibido seguir aplicando estos cobros. Cualquier ciudadano podrá solicitar información sin que le exijan pagos por «búsqueda» o tarifas infladas por copias. Con esto, se garantiza que el acceso a la justicia y a la información no sea un privilegio de quienes pueden pagarlo, sino un derecho de todos.

Por. A.G. Información Diario Ofical de la Federación.

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