𝗘𝗟 𝗜𝗘𝗤𝗥𝗢𝗢 𝗔𝗣𝗥𝗨𝗘𝗕𝗔 𝗕𝗢𝗟𝗘𝗧𝗔𝗦 𝗗𝗢𝗡𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗖𝗜𝗨𝗗𝗔𝗗𝗔𝗡𝗜́𝗔 𝗩𝗢𝗧𝗔𝗥𝗔́ 𝗣𝗢𝗥 𝗟𝗜𝗦𝗧𝗔𝗦 𝗖𝗢𝗠𝗣𝗟𝗘𝗧𝗔𝗦 𝗬 𝗡𝗢 𝗣𝗢𝗥 𝗖𝗔𝗡𝗗𝗜𝗗𝗔𝗧𝗨𝗥𝗔𝗦 𝗜𝗡𝗗𝗜𝗩𝗜𝗗𝗨𝗔𝗟𝗘𝗦 𝗔𝗟 𝗣𝗢𝗗𝗘𝗥 𝗝𝗨𝗗𝗜𝗖𝗜𝗔𝗟 𝗗𝗘 𝗤𝗨𝗜𝗡𝗧𝗔𝗡𝗔 𝗥𝗢𝗢
𝘼𝙪𝙣𝙦𝙪𝙚 𝙚𝙣 𝙨𝙪 𝙢𝙖𝙮𝙤𝙧𝙞́𝙖 𝙣𝙤 𝙚𝙨𝙩𝙖́ 𝙙𝙚 𝙖𝙘𝙪𝙚𝙧𝙙𝙤, 𝙚𝙡 𝙞𝙣𝙨𝙩𝙞𝙩𝙪𝙩𝙤 𝙨𝙚 𝙨𝙤𝙢𝙚𝙩𝙚 𝙖 𝙡𝙖 𝙞𝙡𝙚𝙜𝙖𝙡 𝙧𝙚𝙨𝙤𝙡𝙪𝙘𝙞𝙤́𝙣 𝙙𝙚𝙡 𝙏𝙚𝙦𝙧𝙤𝙤 𝙦𝙪𝙚 𝙞𝙣𝙙𝙞𝙘𝙤́ 𝙪𝙣𝙖 𝙛𝙤𝙧𝙢𝙖 𝙙𝙚 𝙫𝙤𝙩𝙖𝙘𝙞𝙤́𝙣 𝙦𝙪𝙚 𝙚𝙨 𝙘𝙤𝙣𝙩𝙧𝙖𝙧𝙞𝙖 𝙖 𝙡𝙖 𝙚𝙨𝙩𝙖𝙗𝙡𝙚𝙘𝙞𝙙𝙖 𝙚𝙣 𝙡𝙖 𝙇𝙚𝙮 𝙀𝙡𝙚𝙘𝙩𝙤𝙧𝙖𝙡
𝘼𝙝𝙤𝙧𝙖 𝙨𝙚 𝙥𝙤𝙙𝙧𝙖́ 𝙩𝙖𝙘𝙝𝙖𝙧 𝙘𝙤𝙢𝙥𝙡𝙚𝙩𝙖 𝙘𝙪𝙖𝙡𝙦𝙪𝙞𝙚𝙧𝙖 𝙙𝙚 𝙡𝙖𝙨 𝙩𝙧𝙚𝙨 𝙡𝙞𝙨𝙩𝙖𝙨 𝙥𝙤𝙨𝙩𝙪𝙡𝙖𝙙𝙖𝙨 𝙥𝙤𝙧 𝙡𝙤𝙨 𝙥𝙤𝙙𝙚𝙧𝙚𝙨 𝙥𝙪́𝙗𝙡𝙞𝙘𝙤𝙨 𝙚𝙣 𝙘𝙖𝙙𝙖 𝙗𝙤𝙡𝙚𝙩𝙖, 𝙘𝙤𝙢𝙤 𝙥𝙡𝙖𝙣𝙞𝙡𝙡𝙖𝙨, 𝙥𝙤𝙧 𝙡𝙤 𝙦𝙪𝙚 𝙥𝙖𝙧𝙚𝙘𝙚𝙧𝙖́ 𝙦𝙪𝙚 𝙡𝙖 𝙘𝙤𝙢𝙥𝙚𝙩𝙚𝙣𝙘𝙞𝙖 𝙚𝙨 𝙚𝙣𝙩𝙧𝙚 𝙡𝙤𝙨 𝙥𝙤𝙙𝙚𝙧𝙚𝙨 𝙀𝙟𝙚𝙘𝙪𝙩𝙞𝙫𝙤, 𝙇𝙚𝙜𝙞𝙨𝙡𝙖𝙩𝙞𝙫𝙤 𝙮 𝙅𝙪𝙙𝙞𝙘𝙞𝙖𝙡 𝙙𝙚𝙡 𝙚𝙨𝙩𝙖𝙙𝙤, 𝙮 𝙨𝙚 𝙞𝙢𝙥𝙚𝙙𝙞𝙧𝙖́ 𝙖 𝙡𝙖 𝙘𝙞𝙪𝙙𝙖𝙙𝙖𝙣𝙞́𝙖 𝙚𝙨𝙘𝙤𝙜𝙚𝙧 𝙙𝙚 𝙢𝙖𝙣𝙚𝙧𝙖 𝙞𝙣𝙙𝙞𝙫𝙞𝙙𝙪𝙖𝙡 𝙖 𝙡𝙖𝙨 𝙥𝙚𝙧𝙨𝙤𝙣𝙖𝙨 𝙦𝙪𝙚 𝙡𝙚 𝙥𝙖𝙧𝙚𝙯𝙘𝙖𝙣 𝙢𝙚𝙟𝙤𝙧𝙚𝙨 𝙥𝙖𝙧𝙖 𝙘𝙖𝙙𝙖 𝙘𝙖𝙧𝙜𝙤
𝙁𝙧𝙖𝙣𝙘𝙞𝙨𝙘𝙤 𝙃𝙚𝙧𝙣𝙖́𝙣𝙙𝙚𝙯/𝘾𝘼𝙈𝘽𝙄𝙊 𝟮𝟮
CHETUMAL, 11 de abril.- El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) decidió acatar la resolución del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) que le ordenó emitir boletas en las que los ciudadanos voten por listas completas de candidaturas propuestas por el poder del estado que elijan y no por candidaturas individuales a los cargos del Poder Judicial del Estado, una forma de votación que es contraria a la prevista en la ley.
De acuerdo con los nuevos modelos de boletas aprobados por el Ieqroo, para votar los ciudadanos ya no escribirán en un recuadro los números de los candidatos que consideren mejores para los cargos en elección, como marca la ley, sino que tacharán o marcarán como quieran la lista completa “del poder del estado de su preferencia”, y para eso en cada boleta aparecerán separadas como planillas las listas presentadas por cada poder público, el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial para cada cargo.
Según el acuerdo aprobado, las boletas siguen siendo 4: una para magistraturas del Tribunal Superior de Justicia del Estado, una para el Tribunal de Disciplina Judicial y dos para juzgados de primera instancia, distinguidas como tipo A y B.
Asimismo, conservarán los colores aprobados para las que fueron revocadas por el Teqroo: la del Tribunal Superior de Justicia será color rosa y de tamaño media carta; la del Tribunal de Disciplina Judicial será de color azul en tamaño media carta; y para juezas y jueces serán de color verde en tamaño carta.
Sin embargo, en los listados de cada poder los nombres de los candidatos y candidatas ya no están numerados progresivamente, y ya no se tienen los recuadros donde la ciudadanía debería escribir los números de los candidatos de su preferencia, como dice la ley, porque ahora los quintanarroenses serán obligados a votar por alguna de las tres listas de manera completa, con lo cual quedan obligados a elegir en grupo hasta a personas por las que nunca votarían de manera individual.
Por lo mismo, la votación tendrá que ser con una marca sobre la lista “del poder del estado de su preferencia”, como si la competencia fuera entre el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial, convirtiéndolos ilegalmente en una especie de partidos políticos, lo cual priva al ciudadano de su derecho de elegir entre los abogados y abogadas que deben competir por los cargos.
El problema es que esta forma de votación para la elección judicial no tiene fundamento en las constituciones federal y local, ni en la Ley General y la Ley Estatal de Instituciones y Procedimientos Electorales, sino que es una imposición arbitraria del Teqroo, de su magistrado presidente Sergio Avilés Demeneghi, de la magistrada Thalía Hernández Robledo, y de la secretaria general de acuerdos en función de magistrada provisional Maogany Acopa Contreras, quienes de esta manera privaron a la ciudadanía de Quintana Roo del derecho de elegir directamente a sus magistrados y jueces locales.
Llamó la atención que en la sesión extraordinaria la mayoría de las consejeras y los consejeros electorales votaron sin decir ni una palabra sobre el sentido del acuerdo, pero destacó que la consejera Elizabeth Arredondo Gorocica expresó una postura que refleja el pensamiento general entre los integrantes del Ieqroo, que es de desacuerdo con la sentencia del Teqroo, pero que la acatan porque es la orden de un tribunal.
La consejera Arredondo Gorocica no sólo expresó la postura que sus demás compañeros se callaron, sino que expuso la fundamentación legal del por qué los votos deben emitirse y contarse por candidaturas individuales y no por listas completas o en bloque como ordenó el Teqroo.
Asimismo, indicó que es al Ieqroo al que le corresponde determinar la cantidad de votos que puede emitir un ciudadano en cada boleta, en función del número de candidaturas en cada tipo de elección, y no al Teqroo, el cual ordenó que el ciudadano sólo tenga tres opciones generales para votar en las boletas, al poder sufragar únicamente por las listas completas de cada poder público.
La consejera Elizabeth Arredondo expuso la reforma constitucional y legal de enero de 2025 estableció, a través del artículo 439 de la Ley Electoral del estado, que las personas juzgadoras y magistradas del Poder Judicial del Estado serán electas por mayoría relativa y voto directo de la ciudadanía.
Asimismo, que los artículos 440, 443, 450, 460 incisos c) y e), 462, 467, 469, 472 y 473 de la misma ley determinan que por cada tipo de elección se tendrá una boleta que contendrá nombres y apellidos, numerados y distribuidos por orden alfabético y progresivo, distinguiendo la autoridad postulante y las candidaturas de las personas juzgadoras que estén en funciones en los cargos a renovar.
También que se contará como voto válido la marca o asiento que realice una persona votante en un recuadro de una misma boleta en favor de una candidatura identificable, con independencia que se puede emitir votos por dos o más candidaturas diversas contenidas en la misma boleta.
Además, de que es el Ieqroo la autoridad que determinará la cantidad de votos que puede emitir el ciudadano en una misma boleta en función del tipo de elección y el número de candidaturas a elegir.
Agregó que la ley marca igualmente que el Consejo General del Ieqroo asignará los cargos por materia de especialización entre las candidaturas que hayan obtenido el mayor número de votos, observando la paridad de género e iniciando con mujer.
Luego de su exposición, en la que queda claro que la Ley Electoral en ningún momento establece la votación por listas completas de candidatos a los cargos del Poder Judicial del Estado, la consejera Elizabeth Arredondo afirmó que votaría a favor del acuerdo de modificación de las boletas porque como autoridad administrativa el Ieqroo está obligado a acatar las determinaciones de los tribunales y es respetuosa de las sentencias de los órganos jurisdiccionales.
“Pero ello no significa que acompañe la interpretación jurídica que se hace a la normativa electoral en el caso que acontece. El sentido de mi voto será a favor del mismo, únicamente por tratarse del acatamiento de la sentencia”, aseveró al finalizar su intervención, dejando en claro su desacuerdo con la postura del Teqroo.
Cabe mencionar que las reglas establecidas en la Ley Electoral del estado para las características de las boletas y la forma de votación y validación de los sufragios son exactamente iguales que las de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que rigen la elección del Poder Judicial de la Federación, y en esa elección la votación será por candidaturas individuales a cada cargo, escribiendo el número de cada candidato en los recuadros disponibles en las boletas, y no por listas completas.
Por otra parte, cabe mencionar que, en este modelo de boletas, el número de nombres enlistados aumenta de 168 a 315, al ponerse por separado los de 87 candidatos postulados de manera repetida por dos o tres poderes, con lo que aparecen 117 candidatos del Poder Ejecutivo, 107 del Poder Judicial y 91 del Poder Legislativo.
Para magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado cada poder postuló 9 candidatos en sus listas, por lo que esa boleta tendrá 27 nombres, aunque 7 están repetidos tres veces al ser candidatos “de unidad” de los tres poderes; para el Tribunal de Disciplina Judicial cada poder postuló 3 candidaturas, así que habrá 9 nombres en sus boletas, con uno que se repite en las tres listas; y 279 nombres se repartirán en las dos boletas previstas para elegir juezas y jueces de primera instancia, aunque 79 estarán repetidos dos o tres veces.
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